Modificación de las directrices de ordenación sobre sistemas urbanísticos generales
El Gobierno aprueba la modificación del capítulo cuarto de las directrices de ordenación, que define qué equipamientos e infraestructuras son sistemas urbanísticos generales, cómo se obtienen los terrenos y la franja no construible de cinco metros en los márgenes de los ríos. Afecta a los proyectos urbanísticos y a los propietarios de suelo, y entra en vigor el mismo día de la publicación.