Ley de adhesión del Principado de Andorra al Fondo Monetario Internacional
El Consejo General aprueba la ley que permite al Principado de Andorra hacerse miembro de pleno derecho del Fondo Monetario Internacional (FMI). Regula la participación del país en el Departamento de Derechos Especiales de Giro, la cuota de pago y la designación del gobernador y del gobernador suplente, que recaen en el ministerio de finanzas y en un alto cargo de este ministerio. La entrada en vigor se producirá después de la publicación en el BOPA y de la ratificación del convenio constitutivo del FMI.