BOPA núm. 18 · 11 de marzo de 2015Govern
Notificación de sanciones de tráfico por exceso de velocidad (BOPA 18)
«Edicte del 11 de març del 2015, pel qual davant la impossibilitat de procedir a la notificació personal, es comunica a les persones que figuren detallades en la relació adjunta, la constatació d’infraccions efectuades pel Departament de Policia, per la comissió d’infraccions a l’article 5 del Codi de la circulació.»
Quiere decir
Edicto con una lista de personas y empresas sancionadas por el Departamento de Policía por exceso de velocidad, detectado con radar, en las que no se ha podido hacer la notificación personal. Si te encuentras en la lista, tienes 10 días hábiles para presentar alegaciones y después 13 días hábiles para pagar, o la sanción pasará a vía ejecutiva.
Qué puedes hacer
Si eres una de las personas de la relación y no estás de acuerdo con la denuncia, puedes presentar alegaciones ante el Departamento de Policía en 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación en el BOPA. Si no haces nada, la sanción se considera firme y tienes 13 días hábiles para pagarla.