BOPA núm. 2 · 13 de enero de 2015Govern
Notificación de denuncias por exceso de velocidad (radar)
«<div class="ExternalClassD0BAD14623F948E39D509FBD4E225130">Edicte del 14 de gener del 2015, pel qual davant la impossibilitat de procedir a la notificació personal, es comunica a les persones que figuren detallades en la relació adjunta, la constatació d’infraccions efectuades pel Departament de Policia, per la comissió d’infraccions a l’article 5 del Codi de la circulació.
</div>»
Quiere decir
El Departamento de Policía notifica por edicto las denuncias por exceso de velocidad detectadas con radar entre agosto y noviembre de 2014, al no ser posible la notificación personal. Si figuras, puedes presentar alegaciones en 10 días hábiles o pagar la sanción en 13 días hábiles después de ese plazo.
Qué puedes hacer
Si eres una de las personas de la relación y has recibido una denuncia por exceso de velocidad, tienes 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación en el BOPA, para presentar alegaciones ante el Departamento de Policía. Si no haces nada, la sanción se considera firme y tienes 13 días hábiles para pagarla.