BOPA núm. 29 · 7 de abril de 2015Govern
Edicto de sanciones de tráfico por exceso de velocidad (radar)
«<div class="ExternalClassAB52ACBCABD84952B2B33896B4A136E5">Edicte del 8 d’abril del 2015, pel qual davant la impossibilitat de procedir a la notificació personal, es comunica a les persones que figuren detallades en la relació adjunta, la constatació d’infraccions efectuades pel Departament de Policia, per la comissió d’infraccions a l’article 5 del Codi de la circulació.
</div>»
Quiere decir
El Departamento de Policía comunica sanciones de tráfico por exceso de velocidad detectado con radar a varias personas que no han podido ser notificadas personalmente. Si figuras en la lista, puedes presentar alegaciones o pagar el importe dentro de los plazos indicados.
Qué puedes hacer
Si tienes una sanción de tráfico en esta relación, puedes presentar alegaciones ante el Departamento de Policía en 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación en el BOPA; si no, debes pagar el importe en 13 días hábiles después de ese plazo.