BOPA núm. 45 · 9 de junio de 2015Govern
Expediente sancionador por no atender un requerimiento tributario (IGI 2013)
«Edicte del 10 de juny del 2015, pel qual es fa pública la relació d’obligats tributaris als quals, la Direcció Adjunta de Gestió i Atenció al Contribuent, del Departament de Tributs i de Fronteres, ha acordat la incoació d’un expedient sancionador, així com la corresponent proposta de resolució.»
Quiere decir
Tributos notifica la incoación de un expediente sancionador a varios obligados tributarios, personas físicas y sociedades, por no presentar la declaración-liquidación pendiente del IGI de 2013 tras el requerimiento. Tienen 21 días hábiles para examinar el expediente y presentar alegaciones.
Qué puedes hacer
Si eres uno de los obligados tributarios citados, puedes examinar el expediente sancionador y presentar alegaciones en un plazo de 21 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el BOPA, en los servicios del Departamento de Tributos y de Fronteras, en la avenida Fiter i Rossell, 2, de Escaldes-Engordany.