BOPA núm. 70 · 13 de octubre de 2015Govern
Sanción de 150 € a una sociedad por no atender un requerimiento tributario
«Edicte del 14 d’octubre del 2015 pel qual es notifica que s'ha dictat resolució contra la societat MOIRA, SL, representada pel Sr. Albert Casal Duró, per no atendre un requeriment emès per la Direcció Adjunta de Gestió i Atenció al Contribuent, del Departament de Tributs i de Fronteres.»
Quiere decir
El Departamento de Tributos y de Fronteres notifica a una sociedad una sanción de 150 euros por no atender un requerimiento de la Dirección Adjunta de Gestión y Atención al Contribuyente. Tiene un mes para pagar o recurrir.
Qué puedes hacer
Si eres la sociedad notificada, debes pagar la sanción de 150 euros en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el BOPA, en las dependencias del Departamento de Tributos y de Fronteres (Baixada del Molí núm. 26, Andorra la Vella). También puedes interponer recurso ante la Comisión Técnica Tributaria en el mismo plazo de un mes.