BOPA núm. 8 · 27 de enero de 2015Govern
Nuevo Reglamento del Registro de Ocupación de Alojamientos Turísticos
«Decret del 21-01-2015 pel qual s’aprova el Reglament del Registre d’Ocupació d’Allotjaments Turístics (ROAT).»
Quiere decir
El Gobierno aprueba el nuevo reglamento del ROAT, que obliga a los alojamientos turísticos a registrar a todos sus usuarios y a enviar sus datos a la Policía. Entra en vigor al día siguiente de su publicación en el BOPA y deroga el decreto de 2013.
Qué puedes hacer
Si eres titular o gestionas un alojamiento turístico, debes registrar a los usuarios en el ROAT, actualizarlo diariamente y enviar los datos al Departamento de Policía en un plazo de 12 horas desde la llegada.