BOPA núm. 17 · 15 de marzo de 2016Govern
Embargo de deudas tributarias a varias personas y empresas
«<div class="ExternalClassB71C6ADC8FAE4710918B250BE5E581DE">Edicte del 9 de març del 2016, pel qual davant la impossibilitat de practicar-li la notificació personal al domicili designat, es comunica a les persones que figuren detallades en la relació adjunta, l’acord d’embargament amb la relació dels deutes pels quals es realitza l’embargament.</div>»
Quiere decir
El Gobierno notifica por edicto un acuerdo de embargo por deudas tributarias (sobre todo IGI e impuesto de sociedades) a una larga lista de personas físicas y empresas que no han pagado. Si figuras en ella, puedes recurrir en el plazo de un mes desde la notificación.
Qué puedes hacer
Si estás afectado por este embargo, puedes interponer un recurso ante la Comisión Técnica Tributaria en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación, redactado en catalán y presentado según el modelo oficial.