BOPA núm. 24 · 19 de abril de 2016Govern
Provisión de apremio por deudas tributarias pendientes (IGI, IS, IRNR)
«Edicte del 13 d’abril del 2016, pel qual, es comunica a les persones que figuren detallades en la relació adjunta, la provisió de constrenyiment per a que procedeixin a la liquidació del deute pendent.»
Quiere decir
El Departamento de Tributos y de Fronteras notifica provisiones de apremio a varias personas físicas y jurídicas por infracciones simples de IGI, IS e IRNR y una de contrabando. Si figuras, debes ingresar la deuda (con el recargo del 10%) en un mes desde la publicación o se ejecutará sobre tu patrimonio.
Qué puedes hacer
Si tienes una deuda pendiente con el Departamento de Tributos y de Fronteras por una infracción de IGI o de impuesto, debes ingresarla en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación de este edicto para evitar la ejecución sobre tu patrimonio. Contra la provisión puedes interponer recurso ante la Comisión Técnica Tributaria en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación.