BOPA núm. 61 · 20 de octubre de 2016Govern
Corrección de errata: embargo por deudas tributarias (IGI, IS, IRNR)
«<div class="ExternalClassA07C0435461E467DBC7370FDED7D601D">Correcció d'errata del 20-10-2016 que esmena un error en la publicació de l'Edicte del 12 d’octubre del 2016, pel qual es comunica a les persones que figuren en la relació adjunta, l’acord d’embargament contra llur patrimoni.</div>»
Quiere decir
Se corrige un error del BOPA núm. 60 y se vuelve a publicar el edicto de embargo contra el patrimonio de varias personas y empresas con deudas tributarias pendientes (IGI, IS, IRNR y sanciones). Si figuras, la deuda incluye un recargo del 20 % e intereses.
Qué puedes hacer
Si tienes una deuda tributaria pendiente en esta relación, puedes interponer un recurso ante la Comisión Técnica Tributaria en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación, redactado en catalán y presentado según el modelo oficial.