BOPA núm. 63 · 1 de noviembre de 2016Govern
Expediente sancionador por no presentar el alta censal en Tributos
«Edicte del 25 d’octubre del 2016, pel qual es fa pública la relació d’obligats tributaris als quals, el Departament de Tributs i de Fronteres no ha pogut notificar l’inici d’un expedient sancionador ni la corresponent proposta de Resolució.»
Quiere decir
El Departamento de Tributos y de Fronteras publica la lista de contribuyentes a los que no ha podido notificar personalmente el inicio de un expediente sancionador por no presentar el alta censal en el Registro tributario de Empresarios y Profesionales. La sanción propuesta es de 150 euros por infracción simple.
Qué puedes hacer
Si eres uno de los obligados tributarios de la relación, tienes veintiún días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el BOPA, para examinar el expediente en las dependencias del Departamento de Tributos y de Fronteras (avenida Fiter i Rossell, 2, Escaldes-Engordany) y presentar las alegaciones que consideres convenientes.