BOPA núm. 71 · 29 de noviembre de 2016Saig
Embargo por sanciones de policía a varias personas y una sociedad
«Edicte de 24 de novembre del 2016, pel qual, davant la impossibilitat de procedir a la notificació personal, es comunica a les persones que figuren detallades en la relació adjunta, l'acord d'embargament sobre els seus béns i drets.»
Quiere decir
El saig comunica el embargo de bienes y derechos de varias personas y de una sociedad por sanciones impuestas por el Servicio de Policía, porque la notificación personal no ha sido posible. Si figuras en la lista, debes actuar dentro de los plazos indicados para evitar que el embargo se haga efectivo.
Qué puedes hacer
Si eres una de las personas relacionadas, puedes proponer al saig un orden de embargo de tus bienes, pagar o consignar el importe en el despacho del saig para dejar sin efecto el embargo, o impugnar el acuerdo ante el batlle o el Tribunal que dictó la resolución, en el plazo de trece días hábiles a contar desde la publicación.
A quién afecta
Personas: Clara Maria PEREIRA RIBEIRO (embargada per sanció de policia), Susana PUBILL DOS SANTOS (embargada per sanció de policia), Gustau RECEMIL ABADES (embargat per sanció de policia), Eric RIOS TORRES (embargat per sanció de policia), Arturo RODRIGUEZ FERNANDEZ (embargat per sanció de policia) · Procedimiento EX-AD/16-000795-G · Procedimiento EX-AD/16-000805-G · Procedimiento EX-AD/16-000813-G · Procedimiento EX-AD/16-000818-G · Procedimiento EX-AD/16-000826-G · Procedimiento EX-AD/16-000901-G