BOPA núm. 73 · 6 de diciembre de 2016Saig
Embargo de bienes y derechos de una persona particular por una deuda
«Edicte del 5 de desembre del 2016, pel qual s’acorda l’embargament sobre els béns i drets de la Sra. Maria Marta LLARDEN PUJOL.»
Quiere decir
El saig ha acordado embargar los bienes y derechos de una persona particular para cobrar una deuda de 9.912,46 € derivada de un procedimiento de arrendamiento urbano. La persona afectada puede proponer un orden de embargo, consignar el importe o impugnar el acuerdo en el plazo indicado.
Qué puedes hacer
Si hay una deuda pendiente, puedes proponer al saig un orden de embargo de bienes o consignar el importe en el despacho del saig para evitar o dejar sin efecto el embargo; también puedes impugnar el acuerdo ante el batlle o el Tribunal en un plazo de trece días hábiles desde la publicación.
A quién afecta
Personas: Maria Marta LLARDEN PUJOL (embargada) · Procedimiento 9000125/2016