BOPA núm. 8 · 26 de enero de 2016Comú d'Andorra la Vella
Período voluntario de pago de tasas de Higiene y Alumbrado (Comú)
«Edicte del 20-1-2016 pel qual es notifica el període voluntari per al pagament de les taxes d’Higiene Pública i Enllumenat Públic, i de l’impost de radicació d’Activitats Comercials, Empresarials i Professionals.»
Quiere decir
El Comú de Andorra la Vella notifica a las entidades bancarias obligadas el período voluntario para pagar las tasas de Higiene Pública y Alumbrado Público y el impuesto de Radicación de Actividades Comerciales, Empresariales y Profesionales. Tienen un mes desde el día siguiente a la publicación para ingresar la cuota, y después se inicia el constreñimiento.
Qué puedes hacer
Si eres obligado tributario de estas tasas o impuesto, debes ingresar la cuota en período voluntario en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el BOPA (núm. 8, 26/01/2016), en efectivo, cheque o talón, depósito bancario en las dependencias comunales, o por cargo domiciliado. Contra este acto se puede interponer recurso administrativo ante el Comú en el plazo de un mes desde la notificación.