El Pregoner el BOPA explicado
Avísame

BOPA núm. 28 · 9 de mayo de 2017Govern

Provisión de constreñimiento por deudas tributarias pendientes

Dice el BOPA

«Edicte del 28 d’abril del 2017, pel qual, es comunica a les persones que figuren detallades en la relació adjunta, una provisió de constrenyiment per a que procedeixin a la liquidació del deute pendent.»

Quiere decir

El Departamento de Tributos y de Fronteras notifica a varias personas una provisión de constreñimiento por deudas pendientes de impuestos. Si la deuda no se ingresa en un mes, se puede iniciar la vía ejecutiva contra el patrimonio.

Qué puedes hacer

Si tienes una deuda pendiente con el Departamento de Tributos y de Fronteras en esta relación, puedes liquidarla en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación; también puedes interponer recurso ante la Comisión Técnica Tributaria en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación.

A quién afecta

Personas: CARLOS MONREAL PUJALS (deutor de l'IPV 2015), JOSEFA COMA GARCIA (deutora de l'ITP 2012) · Procedimiento 17-105311 · Procedimiento 17-5182