BOPA núm. 4 · 17 de enero de 2017Saig
Embargo de bienes de una sociedad por una deuda de 276,87 €
«Edicte del 16 de gener de 2017, pel qual s’acorda l’embargament sobre els béns i drets de la societat SANCHEZ I MUÑOZ, SLU.»
Quiere decir
El saig ha acordado embargar los bienes y derechos de una sociedad limitada para cubrir una deuda de 276,87 €, reclamada por otra sociedad. La sociedad embargada puede evitar el embargo consignando el importe o proponiendo un orden de embargo, y puede impugnar el acuerdo en trece días hábiles.
Qué puedes hacer
Si la sociedad embargada quiere evitar el embargo, puede consignar el importe en el despacho del saig, o proponer un orden de embargo de sus bienes. Se puede impugnar el acuerdo ante el batlle o el Tribunal que dictó la resolución, en trece días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación.
Personas: Alfonso ZAMORANO SANCHEZ (administrador de la societat embargada), Pablo David TORRERO MUÑOZ (administrador de la societat embargada)