El Pregoner el BOPA explicado
Avísame

BOPA núm. 52 · 1 de agosto de 2017Saig

Embargo de bienes por una deuda de alquiler de más de 11.000 €

Dice el BOPA

«Edicte del 31 de juliol del 2017, pel qual s’acorda l’embargament sobre els béns i drets del Sr. Joao Manuel MARQUES ALVES.»

Quiere decir

El saig ha acordado embargar los bienes y derechos de una persona por una deuda de once mil cuatrocientos nueve euros con diecisiete céntimos, derivada de una sentencia de arrendamiento urbano. La persona embargada puede proponer un orden de embargo o impugnar el acuerdo en el plazo indicado.

Qué puedes hacer

Si no estás de acuerdo, puedes impugnar el acuerdo de embargo ante el batlle o el Tribunal que dictó la resolución, en el plazo de trece días hábiles desde la publicación en el BOPA. También puedes evitar el embargo consignando el importe en el despacho del saig.

A quién afecta

  • Todo el mundo

Personas: Joao Manuel MARQUES ALVES (embargat) · Procedimiento 6000231/2016