BOPA núm. 55 · 22 de agosto de 2017Govern
Requerimiento a empresas por no presentar declaraciones de IGI de 2015
«Edicte del 10 d’agost del 2017, pel qual es fa pública la relació d’obligats tributaris als quals, el Departament de Tributs i de Fronteres no ha pogut notificar diversos requeriments corresponents a l’IGI de l’exercici 2015.»
Quiere decir
Tributos no ha podido notificar personalmente a varias sociedades el requerimiento por no haber presentado las declaraciones del IGI de 2015. Tienen diez días hábiles para regularizarlo, con los recargos e intereses que correspondan.
Qué puedes hacer
Si eres uno de los obligados de la lista, tienes diez días hábiles, a contar desde la publicación de este edicto en el BOPA, para presentar las declaraciones-liquidaciones del IGI de 2015 y pagar el importe, o para justificar que no tienes esta obligación, en la oficina de la Administración Tributaria de la Baixada del Molí, 26, en Andorra la Vella.
A quién afecta
· Procedimiento L-702819-C · Procedimiento L-703629-U · Procedimiento L-710673-V