El Pregoner el BOPA explicado
Avísame

BOPA núm. 55 · 22 de agosto de 2017Govern

Requerimiento a empresas por no presentar declaraciones de IGI de 2015

Dice el BOPA

«Edicte del 10 d’agost del 2017, pel qual es fa pública la relació d’obligats tributaris als quals, el Departament de Tributs i de Fronteres no ha pogut notificar diversos requeriments corresponents a l’IGI de l’exercici 2015.»

Quiere decir

Tributos no ha podido notificar personalmente a varias sociedades el requerimiento por no haber presentado las declaraciones del IGI de 2015. Tienen diez días hábiles para regularizarlo, con los recargos e intereses que correspondan.

Qué puedes hacer

Si eres uno de los obligados de la lista, tienes diez días hábiles, a contar desde la publicación de este edicto en el BOPA, para presentar las declaraciones-liquidaciones del IGI de 2015 y pagar el importe, o para justificar que no tienes esta obligación, en la oficina de la Administración Tributaria de la Baixada del Molí, 26, en Andorra la Vella.

A quién afecta

  • Pequeñas y medianas empresas
  • Autónomos

· Procedimiento L-702819-C · Procedimiento L-703629-U · Procedimiento L-710673-V