BOPA núm. 72 · 7 de noviembre de 2017Govern
Providencia de apremio por deudas tributarias pendientes
«Edicte del 6 de novembre del 2017, pel qual, davant la impossibilitat de procedir a la notificació personal, es comunica a les persones que figuren detallades en la relació adjunta una provisió de constrenyiment.»
Quiere decir
El Gobierno notifica, mediante edicto, una providencia de apremio a varias personas y empresas con deudas tributarias pendientes (IGI, IGIS, IGIT, IGRS, ISS y otras). Hay que pagar en un mes o pedir aplazamiento; pasado ese plazo se aplican recargos y se pueden embargar bienes.
Qué puedes hacer
Si tienes una deuda indicada en la relación, debes pagarla en el plazo de un mes a contar desde la notificación en el despacho del Departamento de Tributos y de Fronteras (avenida Fiter i Rossell, 2, Escaldes-Engordany), o bien solicitar el aplazamiento o fraccionamiento con garantía. También puedes interponer recurso ante la Comisión Técnica Tributaria en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación.