BOPA núm. 20 · 3 de abril de 2018Saig
Embargo de bienes de una SL por una deuda de 16.012,54 €
«Edicte del 29 de març de 2018, pel qual es notifica l’acord d’embargament sobre els béns i drets de la societat LLEIDA, BILBAO, SALAMANCA, SL.»
Quiere decir
El saig hace público el acuerdo de embargar los bienes y derechos de la sociedad LLEIDA, BILBAO, SALAMANCA, SL para cubrir una deuda de 16.012,54 €, reclamada por GRAUVELL, SAU a partir de una transacción judicial. La sociedad puede proponer el orden de los embargos o consignar el importe para evitarlos.
Qué puedes hacer
Si la sociedad embargada quiere proponer un orden de embargo de sus bienes o consignar el importe, puede hacerlo ante el saig; el acuerdo se puede impugnar ante el batlle o el Tribunal que dictó la resolución, en el plazo de trece días hábiles a contar desde el día siguiente a la notificación o publicación.
Personas: Jose Maria TORRES VAZQUEZ (representant legal de la societat embargada)