BOPA núm. 40 · 26 de junio de 2018Govern
Requerimiento del IGI pendiente a una sociedad (ejercicios 2015-2017)
«Edicte del 18 de juny del 2018, pel qual es fa públic que la Direcció adjunta de Gestió i Atenció al Contribuent del Departament de Tributs i de Fronteres no ha pogut notificar un requeriment a la societat NEYMAR, SA.»
Quiere decir
Hacienda requiere a una sociedad que presente las declaraciones del IGI pendientes de los años 2015, 2016 y 2017 y que pague el importe, o que justifique que no tiene esta obligación. Si no lo hace, se comete una infracción simple.
Qué puedes hacer
Si eres el obligado tributario, debes presentar las autoliquidaciones pendientes del IGI de los ejercicios 2015, 2016 y 2017 y abonar el importe, en 10 días hábiles a contar desde la publicación de este edicto en el BOPA, en la Administración Tributaria de la Baixada del Molí, núm. 26, de Andorra la Vella.