BOPA núm. 62 · 23 de octubre de 2018Govern
Providencia de apremio por deudas tributarias pendientes (TV)
«Edicte del 15 d’octubre del 2018, pel qual es comunica a les persones que figuren detallades en la relació adjunta una provisió de constrenyiment.»
Quiere decir
Tributos notifica a varias personas físicas y jurídicas una providencia de apremio para liquidar deudas pendientes de 2015, con recargo del 10%. Si no pagan en un mes, el recargo sube al 20%, se añaden intereses y se pueden embargar bienes.
Qué puedes hacer
Si tienes una deuda pendiente con Tributos, debes ingresarla en el plazo de un mes a contar desde la notificación en el despacho del Departamento de Tributos y de Fronteras (avenida Fiter i Rossell, 2, Escaldes-Engordany). También puedes pedir un aplazamiento o fraccionamiento, con oferta de garantía, si no puedes pagar de forma transitoria. Contra la providencia se puede interponer recurso ante la Comisión Técnica Tributaria en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación.