BOPA núm. 8 · 6 de febrero de 2018Govern
Provisiones de constreñimiento por deudas tributarias pendientes (IRPF, IGI, CM)
«Edicte del 2 de febrer del 2018, pel qual, davant la impossibilitat de procedir a la notificació personal, es comunica al Sr. Nelson Ferreira Marques diverses provisions de constrenyiment.»
Quiere decir
Notificación individual de provisiones de constreñimiento por deudas tributarias pendientes (IRPF, IGI y CM), que incluyen un recargo del 10%. Tienes un mes para pagar o pedir un aplazamiento, y si no pagas se aplicará un recargo del 20% más intereses y se podrán embargar bienes.
Qué puedes hacer
Debes ingresar la deuda en el plazo de un mes a contar desde la fecha de notificación en el despacho del Departamento de Tributos y de Fronteras (avenida Fiter i Rossell, 2, Escaldes-Engordany), o bien solicitar su aplazamiento o fraccionamiento con oferta de garantía. Puedes recurrir ante la Comisión Técnica Tributaria en el plazo máximo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación.
A quién afecta
Personas: Nelson Ferreira Marques (deutor amb provisions de constrenyiment) · Procedimiento RCP/17/IR/CONS/5107 · Procedimiento RCP/17/IR/CONS/5108 · Procedimiento RCP/17/IR/CONS/5109 · Procedimiento RCP/17/IR/CONS/5110 · Procedimiento RCP/17/IG/CONS/5814 · Procedimiento RCP/17/IG/CONS/5815 · Procedimiento RCP/17/CM/CONS/0010