El Pregoner el BOPA explicado
Avísame

BOPA núm. 104 · 1 de septiembre de 2020Govern

Provisión de constreñimiento por deudas tributarias pendientes

Dice el BOPA

«<div class="ExternalClass38DC8AE14BAD4DF997D84B61887DF1F6">Edicte del 27-8-2020, pel qual, davant la impossibilitat de procedir a la notificació personal, es comunica a diverses persones una provisió de constrenyiment.</div>»

Quiere decir

El Departamento de Tributos y de Fronteras notifica a varias personas y empresas una provisión de constreñimiento por deudas pendientes. Tienen un mes para pagar la liquidación, con un recargo del 10%, o pedir su aplazamiento; pasado ese plazo se aplicará un recargo del 20% y se podrán embargar bienes.

Qué puedes hacer

Si tienes una deuda pendiente con el Departamento de Tributos y de Fronteras, debes ingresarla en el plazo de un mes a contar desde la notificación en el despacho del Departamento en Escaldes-Engordany, o pedir su aplazamiento o fraccionamiento. También puedes interponer recurso ante la Comisión Técnica Tributaria en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación.

A quién afecta

  • Todo el mundo
  • Autónomos
  • Pequeñas y medianas empresas