El Pregoner el BOPA explicado
Avísame

BOPA núm. 35 · 24 de marzo de 2020Govern

Medidas adicionales por la COVID-19: farmacias y establecimientos de alimentación

Dice el BOPA

«Decret del 23-3-2020 pel qual s’adopten mesures excepcionals addicionals per la situació d’emergència sanitària causada pel coronavirus SARS-CoV-2.»

Quiere decir

El Gobierno aprueba medidas excepcionales adicionales por la pandemia de COVID-19 (SARS-CoV-2). Las farmacias no pueden hacer publicidad ni incentivos para la venta a domicilio, y los establecimientos de alimentación deben reservar la primera hora de apertura a los colectivos más vulnerables.

Qué puedes hacer

Si eres una farmacia, no puedes hacer publicidad ni incentivos para vender a domicilio. Si eres un establecimiento de alimentación, los colectivos vulnerables tienen acceso exclusivo la primera hora de apertura al público general.

A quién afecta

  • Todo el mundo
  • Personas mayores
  • Comercio
  • Sanidad