BOPA núm. 74 · 28 de mayo de 2020Govern
Prórroga de las autorizaciones temporales de inmigración del invierno 2019-2020
«Decret del 27-5-2020 de modificació del Decret del 16-10-2019 pel qual s’aprova el Reglament de quota especial de les autoritzacions d’immigració temporals per a les activitats de la temporada d’hivern 2019-2020 en el sector de les estacions d’esquí i dels decrets del 29-4-2020 i del 13-5-2020 de modificació del Decret del 16-10-2019.»
Quiere decir
El Gobierno vuelve a ampliar hasta el 15 de junio de 2020 las autorizaciones temporales de inmigración de la temporada de invierno para los nacionales de estados que no autorizan el retorno o no tienen transporte disponible. Los afectados deben presentarse en el Servicio de Inmigración en cinco días hábiles desde la entrada en vigor.
Qué puedes hacer
Si eres titular de una autorización temporal de inmigración de esta temporada y estás en alguno de los supuestos previstos, debes presentarte en el Servicio de Inmigración en un plazo máximo de cinco días hábiles a contar desde la entrada en vigor del Reglamento (día de publicación en el BOPA). Si no lo haces, la prórroga quedará sin efecto.