BOPA núm. 91 · 14 de julio de 2020Consell General
Aceptación de Andorra de la enmienda del artículo 8.2 e) del Estatuto de la CPI
«Esmena de l’article 8.2e de l’Estatut de la Cort Penal Internacional CPI, adoptada a la Haia, Països Baixos, el 6 de desembre del 2019.»
Quiere decir
El Consejo General aprueba que Andorra acepte la enmienda del artículo 8.2 e) del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional (CPI), que convierte en crimen de guerra usar el hambre de civiles como método de guerra. Afecta al Estado y a sus compromisos internacionales, no obliga directamente a los particulares.