El Pregoner el BOPA explicado
Avísame

BOPA núm. 134 · 14 de diciembre de 2021Saig

Requerimiento de pago de deuda pendiente de ejecución

Dice el BOPA

«Edicte de 13-12-2021 pel qual es notifica l’acord d’execució i es requereix al pagament a la Sra. Maria Carmen Benitez Diaz i al Sr. Emilio Trassierra Plaza.»

Quiere decir

El saig requiere a dos personas físicas el pago de una deuda de 14.176,08 euros, reclamada por una entidad bancaria en ejecución de una sentencia. Tienen trece días hábiles desde la publicación para pagar o, si no, se embargarán bienes.

Qué puedes hacer

Si eres una de las personas requeridas, debes pagar la deuda en el plazo de trece días hábiles a contar desde la publicación de este edicto, en el despacho del saig o por el medio que consideres conveniente. También puedes impugnar el acuerdo ante el batlle o el tribunal que dictó la resolución, dentro de los trece días hábiles siguientes a la notificación.

A quién afecta

  • Todo el mundo

Personas: Maria Carmen Benitez Diaz (deutora requerida al pagament), Emilio Trassierra Plaza (deutor requerit al pagament) · Procedimiento EX-CV/20-007908-G