BOPA núm. 16 · 2 de febrero de 2021Govern
Empresas requeridas por no presentar el pago a cuenta del IS 2020
«Edicte del 29-1-2021 pel qual es fa pública la relació d’obligats tributaris als quals el Departament de Tributs i de Fronteres no ha pogut notificar un requeriment corresponent a l’IS de l’exercici 2020.»
Quiere decir
Lista de empresas a las que Tributos no ha podido notificar personalmente un requerimiento por no presentar la declaración del pago a cuenta del impuesto sobre sociedades de 2020. Tienen diez días hábiles para presentarla o justificar que no están obligadas, y no atender el requerimiento puede suponer una multa fija de 150 euros.
Qué puedes hacer
Si eres uno de los obligados tributarios de la lista, debes presentar la declaración del pago a cuenta del impuesto sobre sociedades de 2020 de forma telemática, o justificar que no tienes esta obligación, en diez días hábiles a contar desde la publicación de este edicto en el BOPA.