BOPA núm. 29 · 2 de marzo de 2021Govern
Provisión de constreñimiento por deudas tributarias pendientes
«<div class="ExternalClassBF2DCE6464D94D37ACD7B39C9790857D">Edicte del 24-2-2021, pel qual, davant la impossibilitat de procedir a la notificació personal, es comunica a diverses persones una provisió de constrenyiment.</div>»
Quiere decir
Notificación a varias personas y empresas de provisiones de constreñimiento por deudas tributarias pendientes. Tienen un mes para pagar, con un recargo del 10%; si no pagan, se aplicará un recargo del 20%, intereses y embargo de bienes.
Qué puedes hacer
Si tienes una deuda pendiente con el Departamento de Tributos y de Fronteras, puedes pagarla en el plazo de un mes a contar desde la fecha de notificación, o pedir el aplazamiento o fraccionamiento con oferta de garantía. También puedes presentar recurso ante la Comisión Técnica Tributaria en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación.