BOPA núm. 101 · 23 de agosto de 2022Govern
Provisión de constreñimiento por deudas tributarias pendientes
«<div class="ExternalClass7028F827E4004A339B25DA1A112D8AC2">Edicte del 19-8-2022 pel qual es comunica a diverses persones una provisió de constrenyiment.</div>»
Quiere decir
Notificación a varias personas y empresas para que paguen en un mes la deuda pendiente con Tributos (TC y TP), que ya incluye el recargo de constreñimiento reducido del 10%. Si no pagan, se aplicará el recargo del 20%, intereses y embargo de bienes.
Qué puedes hacer
Si tienes una deuda pendiente con el Departamento de Tributos y de Fronteras, debes pagarla en el plazo de un mes desde la notificación, en el despacho de la Avenida Fiter i Rossell, 2, de Escaldes-Engordany. También puedes pedir un aplazamiento o fraccionamiento, o recurrir ante la Comisión Técnica Tributaria en el plazo de un mes desde el día siguiente a la notificación.