El Pregoner el BOPA explicado
Avísame

BOPA núm. 13 · 28 de enero de 2022Govern

Plazo extra sin recargo para declaraciones IGI, IRNR e IRPF

Dice el BOPA

«Avís del 27-1-2022 relatiu a la presentació de declaracions i autoliquidacions de l’impost general indirecte, de l’impost sobre la renda dels no-residents fiscals i de l’impost sobre la renda de les persones físiques que tinguin com a fi del termini voluntari de presentació el 31 de gener del 2022.»

Quiere decir

El Gobierno abre un margen excepcional del 1 al 4 de febrero de 2022 para presentar las declaraciones del IGI, el IRNR y el IRPF que vencen el 31 de enero, sin recargo por presentación extemporánea. El pago puede hacerse con domiciliación bancaria.

Qué puedes hacer

Si presentas tarde la declaración de IGI, IRNR o IRPF con plazo el 31 de enero, puedes hacerlo entre el 1 y el 4 de febrero de 2022 sin recargo, y pagar la deuda con domiciliación bancaria.

A quién afecta

  • Todo el mundo
  • Autónomos
  • Pequeñas y medianas empresas