BOPA núm. 142 · 26 de noviembre de 2025Govern
Corrección del Decreto del programa de acceso a la primera vivienda
«Correcció d’errata del 26-11-2025 per la qual s’esmena un error d’omissió en el Decret 381/2025, del 22-10-2025, d’aprovació d’un programa d’accés al primer habitatge de propietat per a residència habitual i permanent.»
Quiere decir
El Gobierno corrige un error de omisión en el artículo 9 del Decreto 381/2025 sobre el programa de acceso a la primera vivienda. Se añade una excepción a la prohibición de arrendar para las viviendas compradas ya arrendadas.
Qué puedes hacer
Si estás pensando en solicitar el Programa de acceso a la primera vivienda, revisa el artículo 9 corregido, que añade una excepción para las viviendas compradas arrendadas: la limitación de arrendar es efectiva cuando la parte compradora recupera la posesión de la vivienda, lo que debe acreditarse ante el Instituto Nacional de la Vivienda en un plazo máximo de veinticuatro meses tras la resolución.