BOPA núm. 33 · 1 de abril de 2026Govern
Tributación de los seguros que cubren hipotecas en el IRPF
«Comunicat tècnic del 25-3-2026 sobre la tributació en l’impost sobre la renda de les persones físiques d’operacions d’assegurança per cobrir l’amortització de préstecs hipotecaris.»
Quiere decir
El Gobierno aclara cómo tributa en el impuesto sobre la renta (IRPF) la cancelación de un préstamo hipotecario mediante un seguro de vida o invalidez. Si la contingencia es la muerte del asegurado, la ganancia está exenta; si es la invalidez, la ganancia tributa y la aseguradora debe practicar retención. Sustituye el criterio anterior de 2015.