Modificación del Reglamento del notariado sobre disposiciones de última voluntad
El Gobierno modifica el artículo 19 del Reglamento general del notariado para adaptarlo a la Ley 46/2014, de la sucesión por causa de muerte. Los testamentos y codicilos cerrados entregados al notario y los testamentos ológrafos protocolizados pasan a inscribirse en el Registro Central de Disposiciones de Última Voluntad, y desaparecen las referencias a los testamentos ante rector y a las donaciones por causa de muerte.